Conforme a la sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de 17 de diciembre de 2020 (Sec. 4ª, rec. casación 1078/2019, ponente D.ª Celsa Pico Lorenzo), la capacidad funcional requerida para prolongación de la permanencia en el servicio activo (art. 26.2 del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud), comprende solo los puestos que se desempeñan con carácter definitivo y no aquellos otros que se desempeñan con carácter provisional.