El artículo 2 del Real Decreto Ley 9/2020 establece la denominada prohibición de despedir por causa de fuerza mayor derivada del COVID19. El legislador, sin embargo, omitió referir la consecuencia jurídica de eludir o contravenir directamente dicha supuesta prohibición, lo que ha generado una encendida polémica judicial y no poca inseguridad jurídica. En este artículo expondremos las posturas encontradas y la propia sobre esta cuestión que hará correr en el futuro ríos de tinta.