Benjamín Górriz Gómez
La sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de 10 de noviembre de 2020 (Sec. 2ª, rec. casación 1308/2019, ponente D. Jesús Cudero Blas), declara que para calcular la existencia de un incremento o de una disminución del valor de los terrenos en el IIVTNU, no cabe actualizar el valor de adquisición de tales terrenos conforme al Índice de Precios al Consumo (IPC) o conforme a algún otro mecanismo de corrección de la inflación.