La sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de 23 de septiembre de 2020 (Sec. 2ª, rec. casación 2839/2019, ponente D. Francisco José Navarro Sanchís), declara que frente a un acuerdo sancionador pueden oponerse cualesquiera motivos determinantes de su nulidad, incluidos los que afectan al acto previo de liquidación aunque haya quedado firme por no haber sido recurrida por el interesado.