En el presente artículo se trata de determinar la viabilidad de introducir en nuestro ordenamiento jurídico la notificación pasiva respecto a los delitos de violencia de género. Dichas notificaciones son aquellas que ponen la información a disposición de la comunidad, de tal modo que aquellos sujetos que estén interesados habrán de consultarla por sí mismos (registros públicos de antecedentes penales que proporcionan tales datos previa solicitud formal o bien vía telefónica u online).