Margarita Lamata Ros
Pese a que la estafa procesal es considerada por la doctrina y jurisprudencia mayoritaria como un delito pluriofensivo, su regulación vigente, y en particular su ubicación sistemática, promueve una consideración de dicha figura delictiva en términos eminentemente patrimoniales, lo que implica el riesgo de que la tutela del buen funcionamiento de la Administración de Justicia quede relegada a un segundo plano. En el presente trabajo se denuncian las disfunciones que ello provoca y se ofrecen soluciones a las mismas tanto desde una perspectiva de lege lata como de lege ferenda.