La LO 1/2004 tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, se ejerce contra la mujer, pretendiendo la citada L.O. la protección de la víctima de violencia de género con la eliminación de todo tipo de discriminación que pueda producirse sobre ella. Una plena aplicación de la norma exige la interpretación de ésta desde los principios de perspectiva de género e igualdad y no discriminación de la mujer, en general, y de la mujer víctima de violencia de género, en particular, tal y como lo configura la LO 3/2007. Dichos principios han sufrido una evolución jurisprudencial tendente a la mayor protección integral de la mujer víctima de violencia de género, no resultando ajeno a lo anterior el derecho de la citada víctima a las prestaciones públicas, en general, y a la pensión de viudedad, en particular.