Diego Ramos Pascual
Durante décadas, conseguir regular la privacidad de los trabajadores al hacer uso de los dispositivos informáticos puestos a su disposición por sus empresas parecía misión imposible, por los intereses entrecruzados de las partes. Sólo la intervención de los tribunales permitió construir, poco a poco, un marco de referencia que mitigase el riesgo de tener que resolver los conflictos en el ámbito penal. Desde finales de 2018, considerado como un derecho digital más, esa regulación ha llegado de la mano de la Ley Orgánica 3/2018, que resuelve de forma eficaz muchos problemas pasados, pero al mismo tiempo plantea nuevas preguntas.