A la mujer que es víctima de maltrato por parte de su cónyuge o ex cónyuge, pareja de hecho o ex pareja de hecho se la puede proteger desde tres ámbitos: el Policial, el Administrativo y el Judicial.
Desde el ámbito Policial destaca el llamado sistema «VIOGEN», el cual mediante la predicción del riesgo permite la protección de forma efectiva a las mujeres maltratadas y a sus hijos. Valorando el Riesgo como: «Extremo, Alto, Medio, Bajo y No Apreciado». Desde el ámbito Administrativo, se establecen una serie de Registros Judiciales que ayudan a todos los órganos que intervienen en la protección de las mujeres víctimas de violencia de género, estableciéndose el Registro de Penados, de Medidas Cautelares de Violencia Doméstica, Rebeldes Civiles, de Requisitorias y Sentencias No Firmes. Desde el ámbito Judicial, se otorgan por los Jueces las llamadas Medidas Cautelares u Órdenes de Protección, por las que el maltratador entre otras medidas, no puede aproximarse o comunicarse con la víctima y de hacerlo incurriría en delito de Quebrantamiento de Medida Cautelar.