Concluida la duración de un contrato de servicios de limpieza, éste se extingue sin que la Administración contratante haya conseguido adjudicar un nuevo contrato. En estas condiciones, solicita a la empresa que siga realizando la prestación, negociando las partes un incremento del precio. Al cabo de un tiempo, la contratista solicita intereses de demora por pago tardío, que la Administración reconoce, si bien sólo desde la fecha de convalidación del gasto.