La evolución del sistema concursal arranca en sus orígenes con la simple ordenación y prelación de créditos hasta alcanzar, en la actualidad, un propósito social y económico mucho más complejo: viabilizar una salida jurídica y financiera correcta al problema de insolvencia que habilita el concurso de acreedores. Desde ese enfoque, la figura del mediador concursal se erigió con la reforma de 2013 en el protagonista del acuerdo extrajudicial de pagos. No obstante, el tiempo y el nuevo Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, hacen imperativa la reflexión sobre el presente y futuro de este actor sin el cual, hoy, es imposible comprender el horizonte del Derecho Concursal.