Santiago, Chile
El enunciado de la razonabilidad ha sido tradicionalmente incorporado dentro de los principios propios del ordenamiento laboral. Aun cuando no se le menciona expresamente, en el Código del Trabajo chileno existen distintas manifestaciones en que la razonabilidad se utiliza como criterio de justificación, de aceptabilidad o de cumplimiento de reglas procedimentales. La jurisprudencia, por su parte, también ha invocado las máximas que subyacen en este principio a objeto de limitar las facultades del empleador, sancionar conductas discriminatorias, fijar el alcance o verosimilitud de las condiciones contractuales, o evaluar la justificación de la extinción del contrato, entre otras alternativas.
The statement of reasonableness has traditionally been incorporated into the principles of Labor Law. Even though it is not expressly mentioned, in the Chilean Labor Code there are different norms in which reasonableness is used as a criterion of justification, acceptability or application of procedural rules. Courts have also invoked the maxims that underlie this principle, limiting the faculties of the employer, sanctioning discriminatory behaviors, fixing the scope or credibility of the contractual conditions, or evaluating the justification for the termination of the contract, among other options.