En un contexto de globalización como el actual, en el que la libre circulación de capitales cobra fundamental relevancia, la deslocalización empresarial se presenta como un fenómeno cada vez más común y accesible para los distintos tipos de sociedades que operan en el tráfico jurídico. Como consecuencia de lo anterior, desde una perspectiva fiscal, los Estados–y más particularmente en la UE– se ven obligados no sólo a adoptar políticas legislativas que posibiliten gravar la riqueza efectivamente generada en su territorio, sino también a implementar mecanismos de cooperación que les permitan identificar y prevenir el fraude fiscal internacional. La normativa en materia de precios de transferencia se incluye y forma parte fundamental de las citadas medidas. Más concretamente, los acuerdos previos de valoración constituyen, en este contexto, un mecanismo idóneo para garantizar la seguridad jurídica, reduciendo la conflictividad entre los contribuyentes y la Administración Tributaria en materia de precios de transferencia.