Se suscita un problema en aquellos supuestos en los cuales los interesados deciden acudir directamente a la jurisdicción contencioso-administrativa sin agotar la vía administrativa.
En estos casos el interesado desconoce los recursos procedentes y los motivos de su desestimación, por lo tanto, en aras del derecho a la tutela judicial efectiva no procedería acoger la causa de inadmisibilidad y se debería entrar a conocer sobre el fondo del asunto y evitar que el sistema de recursos y el silencio administrativo se conviertan en una carga y una trampa para los interesados ante la pasividad y el incumplimiento de la obligación legal de resolver de la Administración.