El Tribunal General confirma la resolución de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea, según la cual el Sr. Moreira actuó de mala fe cuando presentó la solicitud de registro de la marca «NEYMAR». Aunque el Sr. Moreira reconoció que, cuando presentó la solicitud de registro de la marca «NEYMAR», conocía la existencia del Sr. Da Silva Santos Júnior, afirmó, no obstante, que ignoraba que el brasileño fuese en ese momento una estrella ascendente del fútbol, dotada de un talento reconocido internacionalmente, y sostiene que el jugador aún no era conocido en Europa