Un marinero que mantiene su residencia en su Estado miembro de origen, pese a trabajar por cuenta de un empresario con domicilio en otro Estado miembro, en un buque que enarbola pabellón de un tercer Estado y que navega fuera del territorio de la Unión Europea, está comprendido en el ámbito de aplicación del Reglamento sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social