El presente artículo tiene como objeto analizar la posibilidad de acumular a un contrato patrimonial, prestaciones propias de un contrato típico regulado en la legislación contractual de las Administraciones públicas. Para ello se considera fundamental, acudiendo a la teoría general de los contratos, atender a la causa del mismo a fin de averiguar cuando las prestaciones incluidas en el negocio jurídico resultan inseparables.