Ni la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, ni el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Regimén Local contempla un procedimiento especifico de derogación íntegra de un reglamento( no fiscal) cuando se dan estas circunstancias: que la cusa no sea una cuestión de ilegalidad, sino de oportunidad política; que el reglamento derogado no sea sustituido por otro (horror vacui)