La reciente STC 84/2018 de 16 de julio y ya antes la STC 217/2015 de 22 de octubre, inciden en una cuestión importante en referencia al proceso penal, como es el caso de las personas con trastornos mentales y condenadas a una medida de seguridad que aunque recurren dicha sanción, son mantenidas en una especie de «prisión encubierta» que entiendo no es ajustada a derecho, por lo que urge una reforma legal que establezca las condiciones personales para este tipo de personas mientras dure el procedimiento penal.