Ir al contenido

“Tribunal Supremo. Legitimación activa de personas jurídicas. Falta de acompañamiento del documento que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos para entablar acciones. Inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo. No exigencia de requerimiento de subsanación previo a la sentencia. (Arts. 45.2 d), 69 b) y 138 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa)”.


Mi Ágora

Opciones de artículo

Opciones de compartir

Opciones de entorno

© 2025 INAP - Todos los derechos reservados