Este artículo es una reacción a la crítica relativista a la existencia de unos derechos universales de carácter inalienable. Si bien este debate se encuentra hoy relativamente amortiguado, ello parece ser debido a un cierto conformismo en el mundo académico y en la práctica internacional con la necesidad de cierta adaptación de los derechos humamos a las culturas locales. Con métodos propios del análisis económico del derecho, pero con un formalismo matemático de mínimos, se deriva la existencia de ciertos derechos inalienables y universales, fundamentados en las preferencias del Homo economicus
This article is a reaction to the relativist critic challenging the existence of universal inalienable rights. Although the debate is relatively muted today, this seems to be due to a certain degree of conformism in academia and among international practitioners regarding the need for a certain adaptation of human rights to local cultures. With a methodology borrowed from economic analysis of the law, but with minimal mathematical formalism, the article sets the foundations for the existence of certain inalienable and universal rights, based on the preferences of the Homo economicus.