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Quedan excluidos de la normativa UE los organismos modificados genéticamente, obtenidos mediante técnicas o métodos que han venido siendo utilizados convencionalmente, en varios usos y para los que se dispone de una amplia experiencia de utilización segura: Sentencia del TJUE de 25 julio de 2018 (Gran Sala) (PROV, 2018, 215287)(TJCE 2018, 146)


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