José María Blanco Saralegui
Si hace algunos años vivíamos con pesar la sobreabundancia legislativa en materia concursal, especialmente la de la legislación de urgencia, la parálisis de estos últimos tiempos en la producción de leyes ha permitido al Tribunal Supremo elaborar un cuerpo de doctrina sobre aspectos todavía no resueltos, tanto en materia sustantiva como procesal. Si no se modifica la Ley Concursal, habrá que pensar que dicha jurisprudencia, complementaria del ordenamiento jurídico, perdurará en el tiempo o, si el legislador es razonable, se incorporará a las nuevas reformas que se materialicen.