Se analizan en los apartados siguientes un conjunto de cuestiones que se refieren a la aplicación del régimen de subvenciones. Este régimen está compuesto por un bloque normativo complejo que arranca de la norma del Estado (Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones), se completa con un conjunto de normas de carácter sectorial en función de la actividad de que se trate y, en su caso, de las normas autonómicas que regulan el régimen jurídico de las subvenciones en el respectivo ámbito territorial.
El régimen jurídico es, por tanto, un régimen complejo en el que la colisión de normas y el protagonismo decisivo que tienen las denominadas «bases de la convocatoria» generan un conjunto de problemas interpretativos de carácter continuo. La característica general de los ATS que se analizan es que se refieren más al proceso de ejecución de las subvenciones que al de adjudicación. Son, por tanto, los problemas de reintegro, de caducidad o de fijación de los criterios de aplazamiento los que conforman el haz de recursos de casación que se han admitido y que constituyen la esencia de los pronunciamientos del Tribunal Supremo en los próximos tiempos.