El debate en profundidad de la flexiseguridad se inicia precisamente en una época en la que no era previsible una crisis económica tan acentuada como la que se desarrolla a partir del 2007-2008, crisis que pone a prueba elementos esenciales del «modelo europeo» de relaciones laborales y que representa una fase diferente en aquel debate de la flexiseguridad, especialmente por la acentuación de las diferencias entre países que responden a dicha crisis, por una parte, mediante mecanismos de flexibilidad interna aplicados a tiempo de trabajo y salarios, y por otra, al contar con instrumentos de flexibilidad interna menos desarrollados, con la vía de flexibilidad externa –altos indices de temporalidad unidos a altos niveles de extinciones de contratos de trabajo y desempleo–. Desde luego, en ambos casos, el debate de la flexiseguridad conoce un antes y un después merced a la linea divisoria que marca esa profunda crisis económica, de forma que su contenido y dinámica van a diferenciarse claramente, especialmente por el dramático alza de las cifras de desempleo que se conocen en determinados países, como es el caso español. Dado que los impactos de la globalización y la crisis económica en el debate sobre la flexiseguridad, en general, y en la relación de ésta con la negociación colectiva, en particular, han sido ya en gran medida desarrollados tanto en la doctrina comparada como en la española. Nuestro objetivo en este trabajo es analizar la relación entre flexiseguridad y negociación colectiva desde la tercera fuerza conductora o impulsora que está acentuando decididamente su protagonismo condicionador y moldeador en esa relación, a saber, el de las nuevas tecnologías o tecnologías disruptivas. Ciertamente este tercer factor ha estado presente desde el inicio del debate de la flexiseguridad en la Unión Europea, así como en las distintas reformas laborales en España desde 1994, como se comprueba en las distintas exposiciones de motivos de las leyes que han desarrollado dichas reformas.
Sin embargo era un factor que o bien se le daba una importancia muy relativa respecto a los otros dos factores que acabamos de citar o bien se veía en muchas ocasiones como una continuidad respecto a otras «revoluciones tecnológicas» anteriores. No obstante, como estudiamos en este artículo, los niveles de disrupción que tales tecnologías, por separado y conjuntamente, están y estarán introduciendo en todos los planos, incluyendo el de las relaciones laborales, en general, y el de la negociación colectiva, en particular, son tan profundos, que sitúan el debate tanto de la flexiseguridad como el de la negociación colectiva en su mutua relación en un plano cualtitativamente diferenciado. Al respecto, hemos concluido que los elementos esenciales de la negociación colectiva (sujetos negociadores, ámbito subjetivo de cobertura, estructura de la negociación colectiva, materias a regular, etc.) han de experimentar un importante replanteamiento a efectos de responder a los desafios que plantean la aplicación masiva de esas tecnologías a la organización del trabajo.
The in-depth debate about flexicurity started precisely when such a severe financial crisis as that started in 2007-2008 was not expected. That crisis put essential elements of the «European model» of labor relations to the test, and it represents a different phase of that debate on flexicurity, particularly because of the increasing differences between countries that reacted to the crisis, on the one hand, by using internal flexibility mechanisms applied to work time and salaries and, on the other hand, with less developed internal flexibility mechanisms, by resorting to external flexibility —high rates of temporariness linked to high levels of contract terminations and unemployment. In both cases, the flexicurity debate has a before and after because of the dividing line drawn by that severe financial crisis, meaning that the content and dynamics will clearly be different, particularly due to the dramatic rise in unemployment levels in some countries such as Spain. As the impact of globalization and of the financial crisis on the flexicurity debate in general, and the impact of flexicurity on collective bargaining in particular, have already been largely developed both in comparative and Spanish doctr¡ne, the objective of this work is to analyze the relationship between flexicurity and collective bargaining from the perspective of the third driving force with a decisive and conditioning role in this relationship, i.e., new technologies or disruptive technologies. Certainly, this third factor has been present since the start of the flexicurity debate in the European Union and in the different labor reforms implemented in Spain since 1994, as can be seen in the different preambles to the acts implementing those reforms. That said, it was a factor that was given relative importance in relation to the other two factors mentioned above, or it was often seen as a continuity of other previous «technological revolutions.» However, as we discuss in this article, the levels of disruption that those technologies, both separately and jointly, are and will be introducing in all areas, including in labor relations in general and in collective bargaining in particular, are so profound that they place the debate both about flexicurity and about collective bargaining in their mutual relationship on a qualitatively differentiated level. We conclude that the essential elements of collective bargaining (negotiating subjects, subjective scope of coverage, collective bargaining structure, matters to be regulated…) must be reassessed to meet the challenges posed by the mass application of these technologies to work organization.