La implantación del Expediente Judicial Electrónico (EJE), unida a la Nueva Oficina Judicial (NOJ), están generando determinadas disfunciones en el modelo de Justicia que un Estado de Derecho moderno reclama; con carácter general, en el momento actual, se objetiva un efecto ralentizador en la actividad propia de los jueces, que resulta insatisfactorio para la ciudadanía y también para los propios jueces; pero, además, se ha evidenciado una cuestión que está generando una gran preocupación tanto doctrinal, como institucional, cual es la relativa a la posición del juez en este nuevo entorno y la posible incidencia sobre la independencia judicial, esencial manifestación del Estado de Derecho; y, relacionada con la misma, la articulación de la dación de cuenta que tradicionalmente ha sido el instrumento o vehículo a través del cual el Juez o Magistrado ha tomado cabal conocimiento del estado procesal de los autos para dictar las resoluciones de su competencia que procedan. Disfunciones, en parte generadas por el reparto competencial en esta materia, pero también, por la forma en que se han implementado las nuevas tecnologías en el ámbito de la Justicia. Cuestiones que se analizan, con espíritu crítico y a la vez constructivo, para tratar de conjurar los perjuicios —incluidas posibles nulidades de actuaciones—, que ahora están ocasionándose.