El Abogado General Campos Sánchez-Bordona propone al Tribunal de Justicia que declare que el mero hecho de no informar al usuario de la preinstalación de los servicios de contestador y de acceso a Internet en una tarjeta SIM destinada a ser insertada en un teléfono inteligente no constituye una práctica comercial desleal o agresiva cuando el usuario ha sido previamente informado sobre las modalidades de acceso y el precio de dichos servicios