Iñigo Barreda
En esta entrega se sigue con el análisis de la Comunicación interpretativa UE, en particular con la parte relativa a las disposiciones mínimas de la Directiva que los Estados están obligados a cumplir y a incorporar en el Derecho nacional, así como con la referida a criterios jurisprudenciales aplicables en torno a los conceptos de ‘tiempo de trabajo’ y ‘periodo de descanso’, especialmente durante las guardias y los desplazamientos.