La STC (Secc.1.ª) de 5 de marzo de 2018 incide en los derechos de los detenidos a ser informados de las razones de la detención y de acceso a elementos de las actuaciones. La información ha de ser suficiente y suministrada al detenido por escrito mediante un documento que debe ser puesto a disposición antes de su primer interrogatorio por parte de la policía en el que se exprese el fundamento de la conexión subjetiva y objetiva del detenido con el hecho ilícito que justifica la detención. El acceso debe producirse de forma efectiva, mediante exhibición, entrega de copia o cualquier otro método que, garantizando la integridad de las actuaciones, permita al detenido conocer y comprobar por sí, o a través de su letrado, las bases objetivas de su privación de libertad.