El artículo hace una aproximación a la temática de la certificación en Agua Potable y Saneamiento Básico, especialmente a los puntos que la Ley 1176 de 2007 ha establecido para que las entidades territoriales puedan certificarse.Se exponen, además, los criterios y el régimen de transición o provisional que se ha contemplado por parte del legislador para realizar la distribución de los recursos, con el fin de coadyuvar al cumplimiento de las funciones de los entes territoriales y potenciar una distribución de recursos más consistente con las necesidades locales en agua potable y saneamiento básico.