La desestimación por el Tribunal Superior de Schleswig-Holstein de la petición de entrega del ex presidente de la Generalitat de Cataluña por el delito de rebelión ha llevado a la justicia española a plantearse efectuar una nueva petición por el delito de sedición, regulado en los artículos 544 a 549 de nuestro Código Penal. Ante esta situación, se analiza si en Alemania, Francia y Suiza, países donde se encuentran los fugados procesados por el Juez Pablo Llarena, existe una infracción asimilable a la recogida en el artículo 544.