Carolina Navarro González
El establecimiento, por parte del Juez, de un tipo u otro de custodia para los hijos depende de la ponderación de una serie de criterios. Éstos no aparecen a modo de listado cerrado en el Código Civil sino que ha sido la Jurisprudencia de nuestros Tribunales la que ha venido configurando una suerte de enumeración de factores clave a valorar a la hora de decantarse por un determinado régimen de guarda y custodia. La voluntad de los hijos ocupa un lugar preponderante que debe considerarse como una circunstancia esencial capaz de fundamentar unas eventuales medidas relativas a su guarda y custodia, sobre todo en el caso de hijos en edad adolescente.