Pilar González Rivero
La autora pretende, no sólo afirmar la compatibilidad de una orientación restaurativa y reparadora de la justicia penal con los fines que legitiman la intervención del sistema penal, sino insistir en que sin la intervención de la víctima en la ejecución penal no es posible el objetivo resocializador del delincuente. La justicia restaurativa, lejos de ser un impedimento para la consecución de las finalidades del derecho penal, es un paradigma impulsor de ello.