Diversas Comunidades Autónomas han previsto la expropiación temporal de las viviendas deshabitadas en un contexto de sobreoferta de vivienda y crisis hipotecaria. El propósito de este artículo consiste en analizar su constitucionalidad, prestando especial atención a la reciente impugnación de la Ley 4/2016, de Cataluña.