El interés de la resolución comentada radica en el reconocimiento de legitimación a la empresa recurrente a pesar de haber sido clasificada en cuarto lugar en el procedimiento de licitación. Y ello, porque a pesar de que la regla general es que sólo puede recurrir quien de la estimación obtenga ventaja directa e inmediata, en el presente asunto se aduce causa de exclusión de todos los clasificados antes que ella.