Benjamín Górriz Gómez
En lo tocante al silencio administrativo, la nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mantiene la regulación anterior contenida en la hoy derogada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, con algunas modificaciones, entre las que destacan la relativa al denominado doble silencio y al plazo de interposición de los recursos de alzada y reposición contra actos producidos por silencio administrativo.