José Luis García-Cañada González
El artículo trata sobre la coexistencia del proceso de liquidación concursal con un proceso penal del que pudiera deducirse determinada responsabilidad civil y por tanto un nuevo crédito frente a la concursada, y en particular sobre el órgano competente para la adopción de medidas cautelares cuando el proceso penal es un proceso por un presunto delito frente a la Hacienda Pública. Se analiza la competencia en base a la legislación vigente y varias resoluciones de Tribunales penales y Juzgados mercantiles y se observa como la jurisdicción penal trata de atribuirse una competencia que la ley atribuye de forma expresa, exclusiva y excluyente a los juzgados mercantiles, con un resultado más que discutible y posiblemente contrario a la propia finalidad de las medidas cautelares.