El artículo 117 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital regula el procedimiento para que una sociedad anónima proceda a la sustitución de los títulos que representan sus acciones. El objetivo de este artículo es analizar dicho procedimiento e identificar aquellos supuestos en los que resultaría de aplicación obligatoria, así como aquéllos otros en los que no sería aplicable, consiguiendo la correspondiente simplificación del proceso de sustitución de títulos y reduciendo tanto los costes derivados del mismo como el plazo para llevarlo a cabo.