Cualquier prueba pericial rigurosa debe aspirar a ser «reproducible». Esto es, debe intentar ofrecer al tribunal (ya sea judicial o arbitral)y a las otras partes involucradas en un procedimiento litigioso la posibilidad de que la prueba pueda ser reproducida, lo que significa que cualquier tercero, reproduciendo el procedimiento y fuentes de información empleados en el trabajo pericial, debe poder llegar al mismo resultado. Este es un objetivo deseable por muchas razones que afectan a la eficacia de la justicia: Es un indicador de calidad del dictamen pericial, facilita el escrutinio por el tribunal y las otras partes en litigio, impone al perito una disciplina que facilita la comprensión por los jueces o árbitros de la cuestión técnica examinada, y favorece la economía procesal, al hacer menos necesario que el tribunal o la parte contraria en la disputa soliciten otros dictámenes adicionales paralelos.