La nueva normativa nacional de ayudas en materia de estructuras agrarias introduce importantes modificaciones sobre la anterior, tales como el establecimiento de la progresiva participación financiera de las Comunidades Autónomas, a las que corresponderá la totalidad de la gestión y la financiación en exclusiva de las subvenciones de capital, reservándose el Estado la bonificación de intereses de los préstamos y la asignación de cupos máximos a cada Comunidad Autónoma, con lo que se establece expresamente el principio de limitación presupuestaria.