El pasado 17 de marzo el Pleno del Tribunal Constitucional dictó una sentencia resolviendo una cuestión interna de inconstitucionalidad planteada por su Sala Segunda. A pesar del notable impacto mediático y el considerable revuelo corporativo que ha acompañado su dictado al parecer apuntar a la línea de flotación del modelo procesal de la llamada nueva Oficina judicial, con el presente trabajo proponemos una serie de reflexiones que nos llevan a interpretar un propósito del Tribunal algo más "doméstico" no exento de damnificados.