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Personal laboral A. L.- La homologación con los funcionarios por Convenio colectivo ha de entenderse con el límite de que la Ley lo permita. Antigüedad de los temporales en interinidad no prevista en el Convenio.
Localización:
Consultor de los ayuntamientos y de los juzgados: Revista técnica especializada en administración local y justicia municipal
,
ISSN
0210-2161,
Nº. 20, 2004
,
págs.
3334-3335
Idioma:
español
Texto completo no disponible
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