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Funcionarios A. L. Licencias y permisos.- Los derechos económicos en los supuestos de licencias por enfermedad e incapacidad temporal de los funcionarios de la Administración Local se regirán por lo que determine la legislación de la función pública de la Comunidad Autónoma respectiva, y supletoriamente por la aplicable a los funcionarios de la Administración Civil del Estado


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