La Sentencia del Tribunal Constitucional de 17 de marzo de 2016 ha declarado la inconstitucionalidad del primer párrafo del artículo 102.2 bis de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa al impedir el control judicial de los decretos dictados por los Letrados de la Administración de Justicia al resolver el recurso de reposición interpuesto contra diligencias de ordenación o decretos no definitivos. Idéntica irrecurribilidad de tales decretos se contiene en las distintas leyes procesales, por lo que cabe cuestionar la futura utilidad del recurso de reposición ante el Letrado de la Administración de Justicia.