Ir al contenido

Miembros de las Corporaciones Locales.- Seguridad Social. Régimen General.- Establecida en 1987 la retribución del alcalde por dedicación exclusiva en una peseta más que la del secretario, los incrementos posteriores de una no tienen porqué afectar a la otra. Obligación de cotizar si a la extinción del mandato se encuentra en situación de incapacidad temporal.


Mi Ágora

Opciones de artículo

Opciones de compartir

Opciones de entorno

© 2025 INAP - Todos los derechos reservados