Recientemente el TS ha confirmado, por primera vez desde que en diciembre del año 2010 entrara en vigor el régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas, la condena de tres personas jurídicas acusadas de un delito de tráfico de drogas internacional. La resolución, con una clara vocación nomofiláctica, analiza temas claves como la inimputabilidad de las sociedades pantalla, el eventual conflicto de intereses que puede surgir entre la entidad y sus representantes coacusados y las cargas probatorias en relación con los programas de cumplimiento normativo, entre otros.