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Exacciones locales. Tasas.- Impuestos del Estado. IVA.- Es precisa la modificación, en virtud de la nueva Ley de Tasas, cuando lo que ahora es tasa era precio público. No se necesita adaptación alguna si ya antes era tasa. Repercusión en el IVA del hecho de pasar a ser prestación de naturaleza tributaria.


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