La UE, decidida y acertadamente, profundiza, mediante dos propuestas de Directiva, en la eficiencia de las transacciones trasfronterizas online y fuera de los establecimientos mercantiles. Se pretende armonizar un mayor número de derechos de los consumidores-UE, a fin de superar los inconvenientes derivados de 28 derechos de contratos diferentes de cada EE.MM. y de la trasposición de la Directiva 1999/44. Entre ellos, el régimen de las acciones o remedios por el defecto o falta de conformidad del bien o contenidos digitales entregados y de las garantías, y la ampliación a dos años del plazo dentro del que el vendedor ha de demostrar la conformidad del bien.