Actualmente puede producirse un incremento patrimonial en el contribuyente y darse el caso que la realidad del mercado actual produzca que la base imponible del impuesto determinada por las normas catastrales, no se corresponda con el valor real del bien inmueble que se pretende enajenar. Es decir, que no existe tal incremento o este es menor de que lo que reflejaría la base imponible con la que vamos a liquidar el tributo en cuestión. Esta situación ha sido objeto de numerosas reclamaciones ante los tribunales de nuestro país, que plantean al Tribunal Constitucional un dilema no solo moral, sino económico sobre la forma de proceder ante esta cuestión. Según como se resuelva, podría suponer una importante traba a la recuperación económica de las arcas municipales.