Silvina Rivas
Proteger a la infancia es un modo de garantizar o restituir derechos pero también puede implicar muchas veces eludir o negar las singularidades de algunos niños y sus familias, desoír sus particularidades subjetivas, ignorar la complejidad de sus contextos, desestimar sus improntas culturales, aplanar las diferencias.
Puede resultar que este tratamiento de y con “lo otro” devenga en burocrático, restrictivo y generador de limitaciones, como consecuencia de permanecer aprisionados en una lógica jurídica omnímoda y una lógica procedimental, sumada a una matriz interpretativa descontextualizada y hegemónica respecto de los niños, sus circunstancias, sus vidas.
Priorizar la dimensión del procedimiento implica convertir a la intervención en un mecanismo más de control social. Control que omite, por su misma modalidad, la posibilidad de escuchar a “un niño”.